Humano Aspectos Legales | Medicard RD
top of page
Anchor 1

Instructivo de uso  ›  Humano: Aspectos legales

Instructivo de uso de servicios Medicard

Logo Humano Seguros Documentos Gamma-01.

Resumen de exclusiones de las coberturas contratadas con Humano Seguros

Cobertura Indemnizatoria de Diagnóstico por Cáncer

HUMANO SEGUROS no está obligado a pagar la indemnización en los siguientes casos:

 

  • Enfermedad, lesión o condición preexistente, originada antes del inicio de vigencia de la cobertura para cada persona asegurada, su último aumento de suma asegurada, o de su última rehabilitación, estando ésta en conocimiento o no de la misma, declaradas o no en la solicitud de seguro, existiendo o no dicha solicitud.
     

  • Carcinoma in situ, displasia cervical, cáncer de cérvix CIN I, II y III y todas las situaciones de pre malignidad o cánceres no invasivos. En caso de que la persona asegurada reciba el diagnóstico de ‘carcinoma in situ’, ésta recibirá en calidad de pago especial el diez por ciento (10%) de la suma asegurada bajo la cobertura de diagnóstico exclusivamente, manteniendo vigente póliza con iguales condiciones y beneficios para aplicar en caso de diagnóstico de cualquier otro diagnóstico de Cáncer que cumpla con lo especificado en las condiciones generales de la póliza y descontando del capital asegurado el porcentaje indicado anteriormente.
     

  • Cáncer de próstata temprano T1 (según clasificación TNM)  incluyendo T1a y T1b u otra clasificación equivalente.
     

  • Melanomas de piel estado 1A (menor o igual  a 1mm, nivel II o III, sin ulceración), de acuerdo a la nueva clasificación de la AJCC de 2002 con excepción del melanoma invasivo.
     

  • Hiperqueratosis o carcinomas de células basales de piel.
     

  • Carcinomas de células escamosas de piel salvo que exista metástasis.
     

  • Sarcoma de Kaposi y todo tumor en presencia de infección por VIH.
     

  • Carcinoma ductal in situ, de mama, cérvico o uterino.
     

  • Cuando la persona asegurada sufra cualquier enfermedad o lesión a consecuencia de guerra, invasión, hostilidades u operaciones similares a guerra (declarada o no), guerra civil, rebelión, motín, huelgas, revolución, duelos, desafíos, riñas,    arreglo de cuentas, actos de terrorismo, cualquier acto notoriamente peligroso o delictivo, homicidio relacionado con un acto delictivo o ilegal, violación a la Ley.
     

  • Cualquier lesión o enfermedad causada por la fusión o fisión nuclear, reacciones nucleares, radiación, contaminación. Epidemias declaradas por las autoridades competentes.

Cobertura fallecimiento accidental y de Incapacidad total y permanente por accidente

HUMANO SEGUROS no está obligado a pagar la indemnización en los siguientes casos:

 

  • Incapacidad total y permanente o fallecimiento accidental causado por accidente, lesión o condición preexistente, originada antes del inicio de vigencia de la cobertura para cada persona asegurada, su último aumento de suma asegurada, o de su última rehabilitación, estando ésta en conocimiento o no de la misma, declaradas o no en la solicitud de seguro, existiendo o no dicha solicitud.
     

  • Cuando la persona asegurada fallezca o sufra cualquier lesión por accidente a consecuencia de guerra, invasión, hostilidades u operaciones similares a guerra (declarada o no), guerra civil, rebelión, motín, huelgas, revolución, duelos, desafíos, riñas, arreglo de cuentas, actos de terrorismo, cualquier acto notoriamente peligroso o delictivo, homicidio relacionado con un acto delictivo o ilegal, violación a la Ley. Confiscación o nacionalización promovida por orden de cualquier gobierno o autoridad pública o local, o cualquier acto de cualquier persona actuando en nombre o en conexión con cualquier organización con actividades dirigidas al derrocamiento por la fuerza de su gobierno “de jure” o “de facto”, o a influenciar lo dicho por terrorismo, sabotaje o violencia.
     

  • Cualquier tipo de actividad o deporte que practique la persona asegurada como profesional o aficionado y que lo expongan a peligro o riesgo, inclusive pero no limitado a pruebas o carreras de velocidad, carreras de motocicleta, competencia, exhibición, prueba, pruebas de resistencia, tentativa de record, rally,  u otros deportes motorizados, sin ser limitativo. Cuando la persona asegurada se dedique o practique deportes submarinos, de invierno, fútbol, polo, o caza. Paracaidismo, alpinismo, cuando se necesite el uso de guías o cuerdas, o deportes invernales.  Acciones o actividades militares o policiales, de seguridad o de bombero.  Cualquier lesión causada por la fusión o fisión nuclear, reacciones nucleares, radiación, contaminación. Epidemias declaradas por las autoridades competentes.
     

  • Cualquier veneno, gas o vapor, ingerido o inhalado voluntaria o involuntariamente por la persona asegurada.  Postración por  calor o insolación, congelación y otros efectos de la temperatura o presión atmosférica, a menos que la persona asegurada esté expuesto a ellas por consecuencia de un accidente cubierto bajo esta póliza de seguro.
     

  • Fallecimiento o incapacidad ocasionada a consecuencia del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida –SIDA-, virus del VIH o cualquier otro desorden inmunológico.
     

  • Mientras la persona asegurada se encuentre manejando o prestando servicios en cualquier aparato público o vehículo aéreo, excepto como pasajero provisto de ticket en una nave aérea     operada por una línea comercial regular.
     

  • Accidente o enfermedad que ocurra mientras la persona asegurada se encuentre bajo el efecto del alcohol o cualquier droga. Suicidio o intento de suicidio, o los que sobrevengan a la persona asegurada en estado o no de perturbación o enfermedad mental, sonambulismo, desorden nervioso o curas de reposo.  Las lesiones y accidentes causados o provocados intencionalmente por la persona asegurada.
     

  • Que la persona asegurada se haya incapacitado antes de iniciar la cobertura.

HUMANO SEGUROS, S.A. es responsable de recibir, gestionar, tramitar, dar seguimiento, asumir el curso y resolución de las reclamaciones surgidas exclusivamente relacionadas a los productos comercializados por ésta, los cuales son: Servicio de Pago Aprisa por Internamiento, correspondiente a la Cobertura de Renta Diaria por Hospitalización, Cobertura Indemnizatoria de Diagnóstico por Cáncer,  Cobertura de Fallecimiento Accidental y Cobertura Incapacidad Total y Permanente a Causa de Accidente. En consecuencia, SUPER SALUD se hace responsable de las reclamaciones que pudieren surgir relacionadas a los productos no comercializados por HUMANO, S.A. en este documento y que sean ofrecidos por SUPER SALUD y sus respectivas empresas. HUMANO SEGUROS, S.A. no se hace responsable por los pagos o autorizaciones efectuadas por   SUPER SALUD que no cumplan con lo establecido en las Condiciones Generales y Particulares, y endosos correspondientes a los productos Servicio de Pago Aprisa por Internamiento, correspondiente a la Cobertura de Renta Diaria por Hospitalización, Cobertura Indemnizatoria de Diagnóstico por Cáncer, Cobertura de Fallecimiento Accidental y Cobertura Incapacidad Total y Permanente a Causa de Accidente y/o que no hayan sido previamente aprobados por HUMANO SEGUROS, S.A.

 

Please reload

Bajo costo
y facilidad de pago
Aceptación garantizada
sin examen médico
Sin límite
de edad
Gran variedad
de servicios de salud
en todo el país
Sin papeleos

 

bottom of page