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Instructivo de uso de servicios Medicard

Internamiento

Internamiento programado | Internamiento de emergencia | Internamientos excluidos

En caso de Internamiento en Clínica u Hospital, Humano le pagará a través de Pago Aprisa, el monto correspondiente a su Línea de MEDICARD por cada noche de internamiento, duplicando el mismo por las noches de internamiento en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI). Los pagos se llevan a cabo a través de un supervisor o representante, quién acude a la clínica a entregarlo.

Recuerde que el beneficio de internamiento entra en vigencia al pagar su segunda cuota de MEDICARD, es decir, durante el primer mes puede usar todos los demás servicios de su línea, excepto el de Pago Aprisa.


El pago de esta cobertura tiene un límite máximo de 30 noches al año.

Instrucciones en caso de internamiento programado

  1. Pre-certificación: Su doctor de Punto Médico le entregará una pre-certificación avalando la pertinencia de su internamiento.

  2. Elija la clínica u hospital de su preferencia.

  3. Notificación de ingreso: Siempre lleve con usted su cédula física y cédula del tutor (en caso de ser menor de edad). Comuníquese al (809) 948-4449 y desde el interior sin cargos al (809) 200-9988, notifique su internamiento, el nombre de la clínica y la habitación asignada.

  4. Supervisión: Recibirá la visita de nuestro supervisor que verificará toda la información de su internamiento.

  5. Notificación de alta: Tan pronto se le comunique que será dado de alta, llame nuevamente a nuestro Call Center para avisar cuando saldrá de la clínica.

  6. Pago: Nuestro supervisor o representante le visitará pagando por cada noche de internamiento, el monto correspondiente a la línea de MEDICARD que haya contratado.

  7. Facilidad de pago: Si por razones de tiempo no fue posible entregarle su pago en la clínica, el mismo estará disponible en la sucursal de Punto Médico o Salud Bucal de su preferencia.

Instrucciones en caso de internamiento de emergencia

Si a causa de una emergencia médica se le interna sin la Pre-Certificación de Punto Médico, proceda de la siguiente manera:

  1. Notificación de ingreso: Siempre lleve con usted su cédula física y cédula del tutor (en caso de ser un menor de edad). Comuníquese al (809) 948-4449 y desde el interior sin cargos al (809) 200-9988, notifique su internamiento, el nombre de la clínica y la habitación asignada.

  2. Supervisión: Recibirá la visita de nuestro supervisor que  verificará toda la información de su internamiento y la pertinencia del mismo.

  3. Notificación de alta: Tan pronto se le comunique que será dado de alta, llame nuevamente a nuestro Call Center para avisar cuando saldrá de la clínica.

  4. Pago: Nuestro supervisor o representante le visitará  pagando por cada noche de internamiento, el monto correspondiente a la línea de MEDICARD que haya contratado.

  5. Facilidad de pago: Si por razones de tiempo no fue posible entregarle su pago en la clínica, el mismo será gestionado en la sucursal de Punto Médico o Salud Bucal de su preferencia.

A través de nuestro Call Center puede elegir en donde desea recoger su pago. Tel. 809-948-4449


Ver más información en los aspectos legales.

Internamientos excluidos del beneficio de Pago Aprisa por Internamiento

  1. Internamientos de niños menores de un año a fecha de ingreso de la cobertura (aplica a partir de 12 meses y 1 día).

  2. Internamientos relacionados o derivados de embarazos, aborto o maternidad.

  3. Internamientos por condiciones preexistentes.

  4. Internamientos por tratamientos estéticos o de reducción de peso.

  5. Internamientos por curas de reposo.

  6. Internamientos por depresión o por tratamientos psiquiátricos de cualquier tipo.

  7. Internamientos derivados de intento de suicidio o por daño auto infringido.

  8. Internamientos para corregir problemas por cirugías realizadas antes del inicio de su cobertura con Medicard. 

  9. Internamientos por chequeos o procedimientos exploratorios.

  10. Internamientos derivados de la participación voluntaria del afiliado en acciones ilegales, por intoxicación alcohólica o por consumo de drogas narcóticas y/o  estupefacientes.

  11. Internamientos derivados de la práctica de deportes ex- tremos como buceo, canotaje, escalamiento de montañas, exploración de cuevas, paracaidismo, parapente, ala delta, boxeo, etc., sin ser excluyentes.

  12. Internamientos producidos por la participación voluntaria en carreras de automóviles, motocicletas, botes, Jet Ski o cualquier tipo de vehículo.

  13. Internamientos relacionados con el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA/VIH) o por dolencias derivadas del mismo.

  14. Internamientos indicados por médicos cuya especialidad no está relacionada con el diagnóstico o condición de la persona afiliada.

  15. Internamientos indicados por médicos no  autorizados a ejercer la medicina, o a consecuencia de tratamientos suministrados por médicos naturistas o curanderos.

  16. Internamientos producidos por la participación en riñas, motín, huelgas, duelos, desafíos, guerra, cualquier acto notoriamente peligroso, delictivo o ilegal.

Estas exclusiones son un resumen de las exclusiones originales indicadas en los aspectos legales. Para pago de reclamaciones serán tomadas en consideración las exclusiones detalladas en los aspectos legales.

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